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Desplazamiento de Empleados

Estás pensando en destinar a uno o varios de tus empleados a otro país; o, por el contrario, acogerás a un empleado extranjero.

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Salvador Lorca 📚 ⭕️
mar 11, 2025
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silhouette of man holding luggage inside airport
Photo by yousef alfuhigi on Unsplash

Desplazamiento (UE o fuera de la UE), Contratación de un Empleado Europeo

Eres empresario y estás pensando en destinar a uno o varios de tus empleados a la UE o fuera de ella. Por el contrario, acogerás a un empleado europeo en comisión de servicios o deseas contratar a uno de forma permanente.

Nuestro informe hace balance de la puesta en marcha de la comisión de servicios de un empleado en otra estructura. Te ayuda a gestionar los trámites y las normas relacionadas con el desplazamiento de un empleado.

¿Qué es la asignación y la contratación de un empleado europeo?

La movilidad del empleado puede llevarle a veces a cruzar fronteras para sus actividades profesionales. De hecho, puede verse obligado a realizar temporalmente una misión dentro de la Unión Europea (UE) o fuera de ella. En este caso se trata de una asignación. Las normas aplicables varían en función de si el empleado español está destinado dentro de la UE (y del Espacio Económico Europeo o Suiza) o fuera de ella (en Marruecos, Estados Unidos, China, etc.). El Código Laboral de algunos países, como Francia o Bélgica, no define el término «destino». Sin embargo, se considera destinado al empleado enviado a trabajar al extranjero para una misión temporal.

De la misma manera, el empleado europeo puede venir a España a trabajar. Quizás también hayas considerado contratar a un trabajador de este tipo. La acogida de empleados europeos se ha visto facilitada por los tratados de la Unión Europea (UE).

El Reino Unido ya no forma parte de la Unión Europea desde el 1 de enero de 2021. El Tribunal de Justicia de la UE ha decidido desestimar definitivamente las demandas de los ciudadanos británicos que impugnan la pérdida de sus derechos de ciudadanos de la UE como consecuencia del Brexit (Comunicado de prensa del TJUE n.º 101/23, 15 de junio de 2023). Por lo tanto, los nacionales del Reino Unido ya no disfrutan de la mayoría de las ventajas establecidas por la Unión Europea en materia de desplazamiento.

Este informe, actualizado con las modificaciones introducidas por el decreto n.º 2023-1004 de 30 de octubre de 2023 por el que se transpone la Directiva (UE) 2019/1152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones de trabajo transparentes y previsibles en la Unión Europea, te informa sobre las normas que debes respetar en tu proceso de desplazamiento o contratación de un empleado en la Unión Europea y fuera de ella.

Destinas a un empleado español dentro de la UE o fuera de la UE; el empleado europeo es destinado a España

En primer lugar, cabe señalar que un empleado destinado sigue vinculado contractualmente a su empleador de origen, que continúa remunerándolo. En este caso, el contrato de trabajo de origen sigue siendo aplicable, aunque se ejecute en el extranjero en otra empresa.

La ley te autoriza, bajo ciertas condiciones, a destinar temporalmente a uno o varios de tus empleados a realizar una misión profesional en el extranjero, en una empresa externa o incluso en una filial, beneficiándose al mismo tiempo de la protección social española.

Deben respetarse normas específicas, ¿quieres informarte? ¿Cuáles son los trámites y las normas aplicables a la deslocalización? ¿Cómo gestionar el regreso del empleado a España? ¿Quién remunera al empleado? ¿Se puede facturar a la empresa que se beneficia del trabajo de tu empleado? ¿Debe el empleado extranjero desplazado beneficiarse de la seguridad social española? ¿Puede venir con su familia? ¿Qué salario debe respetarse?

Contratas a un empleado de la Unión Europea

Debido a la libre circulación de trabajadores y al espacio Schengen, es posible que tengas que contratar a un empleado cuya nacionalidad sea la de un Estado miembro. Aparte de la deslocalización, esta hipótesis supone, por tanto, que un empleado europeo se incorpore definitivamente a la plantilla de tu empresa, con el que tendrás una relación de subordinación real.

Si contratas a un empleado europeo, ¿debe obtener un permiso de residencia? ¿Debes solicitar un permiso de trabajo? ¿En qué idioma redactar el contrato de trabajo? ¿Deben cumplirse trámites adicionales a los establecidos para un empleado extranjero no perteneciente a la UE (visita médica, oficinas nacionales de inmigración, etc.)?

¿Deseas contratar a un empleado de un país no perteneciente a la UE? En ese caso, utiliza nuestro dossier dedicado: Contratación de un empleado extranjero no perteneciente a la UE.

Ejemplo: Quiero contratar a un empleado europeo. ¿Qué trámites debo realizar?

¿Qué trámites especiales debo realizar?

La contratación de un empleado extranjero europeo requiere trámites bastante sencillos, ya que su permiso de residencia y su permiso de trabajo se derivan de su nacionalidad y de los tratados aplicables dentro del territorio europeo (1).

Por lo tanto, no se requiere ningún trámite administrativo diferente de los aplicables a la contratación de un empleado español.

Es bueno saberlo: por lo tanto, no se requiere, como en el caso de la contratación de un empleado extranjero no europeo, realizar ciertos trámites obligatorios que pueda pedir la legislación nacional: Algunos países exigen a los no europeos la solicitud de autorización de trabajo, el procedimiento de presentación si el empleado no reside en en el país, o el examen médico.

¿En qué idioma debo redactar el contrato de trabajo?

Cuando el contrato de trabajo se celebra en España, se redacta en idioma español, incluso si se ejecuta en el extranjero.

Sin embargo, cuando el empleo objeto del contrato solo puede designarse con un término extranjero, sin correspondencia en español, la práctica (obligatoria en algunos países) es que el contrato de trabajo incluye una explicación en español del término extranjero.

La sanción de un contrato de trabajo regido por el derecho español que esté redactado en un idioma extranjero es la inoponibilidad del contrato al empleado español. Lo mismo ocurre con todos los documentos que establecen los derechos de un empleado, como los que establecen los objetivos. De hecho, el empleado puede exigir la entrega de un contrato conforme a la ley, para que este sea válido, en buena parte de los países europeos.

Sin embargo, cuando el empleado es extranjero y el contrato se establece por escrito, se redacta una traducción del contrato en la lengua del empleado a petición de este.

A tener en cuenta: los dos textos también son válidos ante los tribunales. En caso de discrepancia entre ellos, solo el texto redactado en la lengua del empleado extranjero puede ser invocado contra este último.

Contenido del informe

Este dossier hace un balance de la puesta en marcha de la deslocalización de un empleado a otra estructura. Se explican los siguientes puntos:

  • las especificidades de la deslocalización en un país de la Unión Europea (UE);

  • las particularidades de la desplazamiento a un país no perteneciente a la UE;

  • la duración del desplazamiento;

  • los trámites que deben realizarse para mantener la protección social española;

  • la diferencia con la expatriación;

  • las obligaciones del empleador que realiza un desplazamiento;

  • la necesidad o no de la autorización del empleado para ser desplazado;

  • el acuerdo celebrado con la empresa de acogida;

  • la remuneración del empleado;

  • el regreso del empleado a la empresa.

Pero también:

  • la deslocalización de empleados en España;

  • el accidente laboral de un empleado europeo desplazado;

  • la imposición fiscal de los empleados europeos desplazados;

  • la seguridad social de los empleados europeos desplazados;

  • la contratación de un empleado extranjero no europeo;

  • la contratación de un empleado europeo;

  • las sanciones en caso de incumplimiento de las obligaciones legales;

  • la traducción del contrato de trabajo;

  • etc.

Fichas del Informe

  • Contratar a un ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.

  • Desplazar a un empleado a un país extranjero.

  • Información obligatoria que debe transmitirse al empleado contratado.

Cuestiones Claves

Estas son las cuestiones esenciales:

Desplazamiento del empleado al extranjero (UE o fuera de la UE):

  • ¿Cuáles son los criterios para considerar que el empleado está en comisión de servicio?

  • ¿Qué diferencias hay entre una comisión de servicio y una expatriación?

  • ¿Es posible destinar a un empleado a otra empresa española?

  • ¿Se puede destinar a un empleado a una empresa situada fuera de España?

  • ¿Se beneficia el empleado destinado a una filial extranjera de un trato específico?

  • ¿Es necesario el consentimiento del empleado para su traslado?

  • ¿Implica el traslado una transferencia de la facultad disciplinaria?

  • ¿Quién remunera al empleado trasladado?

  • ¿Cuál es el convenio colectivo aplicable al empleado trasladado?

  • ¿Puede el empleado trasladado ser despedido?

  • ¿Puede el traslado ser de duración indefinida?

  • A - Traslado de un empleado a un país de la Unión Europea:

  • ¿Cuáles son las condiciones para destinar a un empleado a un país de la Unión Europea?

  • ¿Cuál es la duración de la asignación en un país miembro de la Unión Europea?

  • ¿Es posible prolongar una asignación en un país de la Unión Europea?

  • B - Asignación de un empleado en un país no miembro de la Unión Europea:

  • ¿Cuál es el régimen de seguridad social de un empleado asignado fuera de la Unión Europea?

  • ¿Cuál es la duración de la asignación fuera de la UE?

Desplazamiento del empleado europeo a España:

  • ¿Quién es un trabajador europeo?

  • ¿El trabajador europeo desplazado debe obtener una autorización para trabajar? ¿Qué es la declaración o el certificado de desplazamiento?

  • ¿Cuál es la cobertura social del trabajador europeo desplazado? ¿Su duración está limitada en el tiempo?

  • ¿Quién será responsable en caso de accidente laboral del trabajador desplazado en España?

  • ¿Tiene el trabajador europeo obligaciones fiscales con respecto a las autoridades españolas?

  • ¿Tiene el empleado europeo obligaciones fiscales con respecto a las autoridades de su país de origen?

  • ¿Puede el empleado europeo desplazado venir con su familia?

  • He contratado a un empleado extranjero sin permiso de trabajo, ¿qué riesgo corro?

  • El empleado extranjero ya no tiene permiso de trabajo ni permiso de residencia, ¿estoy obligado a despedirlo?

  • Quiero contratar a un empleado europeo. ¿Qué trámites debo realizar?

  • ¿Qué información importante debe comunicar el empleador al empleado desplazado?

Conceptos clave tratados en este informe:

  • Desplazamiento

  • Expatriación

  • Trabajador desplazado

  • Empleador

  • Empresa de origen

  • Empresa extranjera

  • Traslado

  • Empresa de acogida

  • Ciudadano europeo

  • Contratación de un trabajador europeo

  • Verificación del permiso de residencia

  • Traducción del contrato de trabajo

  • Unión Europea

  • Libre circulación de trabajadores

  • Derecho laboral

  • Profesional

  • Contratación laboral

  • Autorización de trabajo.

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